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La urgencia de la carrera profesional para los facultativos

Una vez descentralizadas las competencias sanitarias, se hace cada vez más necesario el establecimiento de una carrera profesional que pueda poner freno a las crecientes desigualdades existentes entre los profesionales sanitarios, que se ven envueltos en una maraña de regímenes laborales dispares en cada una de las cc.aa. Hay quienes atribuyen la falta de interés que la Administración sanitaria ha demostrado por esta cuestión a lo largo de los últimos años a la dificultad de afrontar el importante esfuerzo presupuestario a realizar. De cualquier forma, habrá que esperar a la consiguiente promulgación del anhelado Estatuto Marco y de la LOPS para que, definitivamente, dicha carrera profesional sea definida y regulada a nivel estatal, como es el deseo de la gran mayoría.

Luis Vaquero

 


La ministra de Sanidad ha manifestado en diversas ocasiones la prioridad que estos temas ocupan en la agenda ministerial, declaración de intenciones que ha llegado a hacer suya el propio presidente del Gobierno, José María Aznar, a principios de febrero en el Colegio de Médicos de Madrid. Todo ello sería motivo de optimismo si borramos de la memoria que la anterior ministra, Celia Villalobos, también lo considero prioritario, al igual que su predecesor Romay Beccaría, y los predecesores del predecesor. Ya en sus tiempos como presidente del Insalud, Núñez Feijoo reconoció que Estatuto Marco y carrera profesional eran "problemas que si no se abordan durante mucho tiempo crean efectos secundarios graves". Desde que en 1986 la Ley General de Sanidad estableciera la elaboración del Estatuto Marco han trascurrido diecisiete años y sus borradores se han multiplicado de tal forma que resultaría casi imposible su seguimiento.

El propio presidente del
Gobierno se comprometía a
principios de febrero, ante los profesionales,
a sacar adelante en los próximos meses tanto
el Estatuto Marco como la LOPS


A las voces de los sindicatos y de otras organizaciones que reclaman la puesta en marcha de la carrera profesional, con la consiguiente promulgación del Estatuto Marco y la LOPS se unía en el mes de enero la del Defensor del Pueblo, en contestación a una queja formulada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), criticando a la Administración por el incumplimiento en la aprobación y desarrollo del Estatuto Marco previsto en la Ley General de Sanidad, haciendo especial hincapié al recordar al Ministerio de Sanidad que también incumplió el plazo de seis meses que se dio en 1999 en la Ley 30/1999 para llevar a las Cortes el proyecto de Estatuto Marco, subrayando al tiempo su "singular trascendencia" para consolidad el Sistema Nacional de Salud.

A lo largo de los últimos años
se ha venido advirtiendo la inexistencia
de objetivos claros, por parte de la Administración,
en cuanto a la implantación de
la carrera profesional


El concepto de carrera profesional se ha venido recogiendo en los distintos borradores del Estatuto Marco, constando también de forma expresa en los pactos entre la Administración y las centrales sindicales de mayo de 1990. Más concretamente, en el último borrador consta que "se entiende por carrera profesional el derecho del personal estatutario fijo a progresar, de forma individualizada, a niveles superiores, previamente definidos dentro de cada clase o categoría funcional, como reconocimiento al desarrollo profesional en conocimientos, experiencia, responsabilidad y mejor adecuación de la actitud, capacidad y cualidades personales a los objetivos del Servicio de Salud al que pertenezca".

Ante la situación actual de una Sanidad descentralizada resulta más necesario aún el establecimiento de una carrera profesional a nivel nacional que pusiese freno a las cada vez mayores desigualdades entre el personal sanitario, que se ve envuelto en una maraña de regímenes laborales dispares con que cuentan cada comunidad autónoma, sin un referente legal de ordenación profesional. Para la secretaria general del Sector de Sanidad de Comisiones Obreras, María José Alende, las transferencias llevadas a cabo a las diez comunidades autónomas que conformaban el Insalud se han realizado sin haber puesto fin a las negociaciones del Estatuto Marco y la carrera profesional y en un contexto normativo preconstitucional que hace difícil la incentivación de los profesionales.

No obstante, si bien la culminación del proceso transferencial puede suponer algún escollo en la consecución del modelo de carrera profesional, no parece que ésta sea la causa de un retraso tan prolongado. En el Plan Estratégico del Insalud de 1997 se reconocía la falta en nuestro sistema sanitario de un modelo de carrera profesional y se atribuía "seguramente" a la dificultad que entraña el diseño de una disposición de tanta repercusión sobre un colectivo "excesivamente" numeroso, lo que no debería ser óbice para que su desarrollo se constituyese como prioritario.

Freno presupuestario o incapacidad administrativa
Julio Remon Gil, presidente del sector de Atención Especializada de la CESM, considera que la causa esencial del retraso arrastrado es una cuestión puramente económica: "el principal escollo podría estar en las retribuciones, la Administración llegó a ofrecernos en momentos de euforia una carrera profesional a nivel meramente honorífico, pero las medallas tienen que ser también pensionadas y cualquier innovación en este tema requiere dinero". Este aspecto viene a ser corroborado por el Informe del Grupo de Trabajo del Consejo Asesor de Sanidad "Carrera Profesional de la Profesiones Sanitarias" de junio de 2002 en el que se cita textualmente: "La principal dificultad para implantar un modelo de carrera profesional, válido para todo el Estado es que se re-
quiere un esfuerzo presupuestario muy importante. Sin ese esfuerzo financiero, su implantación es inviable".

Hasta el momento, sólo la Comunidad
Foral de Navarra tiene desarrollada, desde
1999, la carrera profesional de su personal sanitario


Sin embargo, a pesar de que el aspecto económico tiene un peso indiscutible en la solución de este problema, no hay que dejar pasar por alto que las retribuciones constituyen el 45 por ciento del total del presupuesto destinado a Sanidad. Cristóbal Gil, secretario de Acción Sindical de Sanidad de CC.OO. cree que un mayor gasto en este capítulo que llevase aparejado el establecimiento de la carrera profesional resultaría a la larga rentable para el sistema y considera que el error por parte de la Administración ha sido la falta de perspectiva en temas de personal: "desde el Informe Abril se viene debatiendo todo sobre las relaciones contractuales del personal sanitario, desde la laborización hasta la carrera profesional y siempre se ha advertido la inexistencia de objetivos claros en la Administración".

Con la elaboración del Anteproyecto de Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud que, al cierre de esta edición, se debatía en las Cortes y donde se menciona en sus artículos 37 y 38 la necesidad para el sistema y el derecho de los profesionales sanitarios de contar con la carrera profesional, la situación toma un nuevo giro y el nuevo director general de Recursos Humanos del Ministerio de Sanidad, Jaume Aubia, expresa públicamente en la toma de posesión de su cargo el compromiso de sacar adelante de forma consensuada el Estatuto Marco, matizando posteriormente que se mantiene la prioridad de la Ley de Cohesión y Calidad.

Todo parece indicar, por lo tanto, que habrá que esperar a la aprobación de dicha Ley para que, a continuación, se desempolve y aborde la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, cuyo último borrador, según hemos podido constatar, data de 1994 y, posteriormente, el más conflictivo Estatuto Marco. Para Cristóbal Gil resultará positiva la consecución de ambas normativas, pero estima que de llevarse a cabo por ese orden sería empezar la casa por el tejado, "lo lógico –afirma– es que se saque primero el Estatuto Marco como norma básica, poniendo así fin a la actual dispersión legislativa y después se desarrolle la carrera profesional a través de la LOPS".

LA CARRERA PROFESIONAL SEGÚN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE ORDENACIÓN
DE LAS PROFESIONES SANITARIAS


El borrador con el que, al parecer, se está trabajando para el diseño de la futura Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias data de junio de 1994, es decir, de la época de la ministra socialista Ángeles Amador, estando compuesto por un Título Preliminar y tres Títulos. El Título Preliminar define el objeto de la norma y delimita el concepto de profesión sanitaria, que se estructura en tres grupos: médicos, farmacéuticos y enfermeros. El Título I regula el ejercicio de las profesiones sanitarias y la definición de las funciones que competen a cada uno. El Título II regula la formación de los profesionales sanitarios, en sus vertientes pregraduada, formación especializada y formación continuada.

Por último, el Título III se centra en la regulación de la carrera profesional. En él se considera el carácter voluntario de la misma y la asemeja a un sistema de acreditación y reacreditación, que incentive a mantener y superar el nivel profesional de forma permanente y continua, y cuya repercusión económica para el médico se articularía posteriormente en el régimen retributivo, previa negociación con los sindicatos.

Existirían cuatro categorías profesionales para los médicos y tres para los diplomados. Las pruebas de acreditación se convocarían públicamente con periodicidad anual por la comunidades autónomas y aquéllos que las superasen recibirían los Diplomas Básicos de Acreditación. Para la obtención de los Diplomas de Acreditación Intermedio y Avanzado se precisaría haber obtenido el diploma de la categoría inferior al menos cinco años antes de la publicación de su convocatoria y superar una evaluación por una Comisión compuesta por representantes de la comunidad autónoma y de la Comisión Nacional de la Especialidad o, en su defecto, de los Colegios Profesionales y de las instituciones y Sociedades Científicas legalmente constituidas, según unos criterios generales "que se basarán en la valoración, en términos de experiencia y competencia clínica, de la actividad profesional del candidato, en su grado de participación en funciones docentes y discentes en los distintos ámbitos de formación de los profesionales, y en la realización de funciones en programas de investigación de carácter sanitario, así como las actuaciones de los interesados en el ámbito de la dirección, planificación y ordenación de los servicios y centros sanitarios".

Para la categoría superior, Diploma de Consultor, se necesitará también la permanencia de cinco años en el nivel inferior y la Comisión de Evaluación estará integrada por representantes del Ministerio de Sanidad y de la Comisión Nacional de la Especialidad o, en su defecto, como en los casos anteriores, a propuesta conjunta de los Colegios Profesionales y las instituciones y Sociedades Científicas correspondientes. La convocatoria no podrá incorporar examen o prueba alguna y su resolución se efectuará "en base a los méritos profesionales, docentes y de investigación que, en el ámbito de las Ciencias de la Salud, acrediten los interesados", no pudiendo exceder el número de diplomas para cada profesión o especialidad del 20 por ciento del total de profesionales que ejerzan la misma. En casos excepcionales, cuando se trate de profesionales de reconocido prestigio y con más de diez años de ejercicio, el Ministerio de Sanidad podrá otorgar directamente la categoría de consultor a propuesta o previo informe favorable del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud, mediante resolución motivada.


Si se echa una mirada retrospectiva a noviembre de 1999, la Organización Médica Colegial y el Ministerio de Sanidad plasmaron un compromiso sobre el "Proyecto de Reglamento de nuevas formas de gestión y sobre la participación en la elaboración de disposiciones que afecten a la profesión médica, en uno de cuyos puntos se estimaba la necesidad de aprobación del Estatuto Marco y el establecimiento de la carrera profesional, en la que se contaría "con la participación activa y continuada de la OMC". Pero todo esto quedó en suspenso hasta que en septiembre pasado la OMC iniciara una campaña para impulsar, junto con las fuerzas sociales, el desarrollo de la carrera profesión básica, lo que ya venía precedido por contactos entre el nuevo equipo ministerial de Ana María Pastor y los sindicatos junto a dos borradores de Estatuto Marco en cuatro meses (febrero y mayo de 2002). Posteriormente, en el mes de octubre de ese mismo año, el Ministerio de Sanidad saca un cuarto borrador que no es visto con malos ojos por los sindicatos CC.OO., UGT, CSI-CSIF y SATSE.

En estos últimos borradores del Estatuto Marco se recogen los criterios generales de la carrera profesional, que se concretarían a través de la Comisión de Recursos Humanos del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con la participación del Foro Marco Estatal para el Dialogo Social, compuesto por los sindicatos representativos del sector, con valor formal de mesa de negociación. Esto no sería óbice para que el Ministerio discutiera el modelo de carrera profesional con otras organizaciones tales como Sociedades Científicas y asociaciones de carácter profesional, tal y como ya se apuntaba en el Libro Azul del Insalud. El protagonismo del Consejo Interterritorial se hace en todo caso indispensable por la necesidad de contar con el beneplácito de las comunidades autónomas, quienes serán a la postre las encargadas de desarrollar y adaptar la normativa a sus respectivos ámbitos.

Una vieja reivindicación cada vez más necesaria
La puesta en vigor de un modelo de carrera profesional supondría la consecución de una de las más viejas reivindicaciones de los médicos españoles y un importantísimo motor de incentivación individual para el profesional sanitario, tal y como afirmó la ministra de Sanidad y Consumo en el IX Congreso Nacional sobre Derecho Sanitario llevado a cabo el otoño pasado: "El objetivo último de la carrera profesional es conseguir profesionales más motivados y competentes, mayor calidad asistencial, satisfacción creciente del paciente y, en definitiva, un perfeccionamiento progresivo del conjunto del sistema". Palabras recogidas de forma prácticamente literal del Informe "Carrera Profesional de las Profesiones Sanitarias", antes mencionado, elaborado por el Grupo de Trabajo del Consejo Asesor de Sanidad, en el que se plasmaba que "la finalidad inmediata de cualquier modelo de carrera profesional es la motivación e incentivación de los profesionales sanitarios" y que "se traduce en una competencia sana entre profesionales, el reconocimiento social de la tarea desarrollada y un premio a los méritos asistenciales, científicos y docentes", con el consiguiente logro de "profesionales más competentes, una mayor calidad asistencial, una satisfacción creciente del paciente y un perfeccionamiento progresivo del sistema en su conjunto".

Si todas esas consideraciones se comparan con la opinión de Manuel Sánchez García, vocal de Médicos de Hospitales de la OMC, podremos fácilmente presumir la estrecha sintonía existente entre la Administración y la representación colegial de los médicos en cuanto a carrera profesional se refiere. Afirma Manuel Sánchez García que el modelo de carrera profesional de la OMC serviría para "propiciar la sana competencia entre los profesionales, reconocimiento de la sociedad a la labor desarrollada por el médico, que debe recuperar su prestigio social, premiar al profesional médico según sus méritos asistenciales, de investigación y docentes", dejando claro que "la independencia profesional del médico es un derecho no ya del propio profesional, sino del paciente, lo que supone garantía de calidad asistencial".

Por su parte, el secretario general de la CESM, Carlos Amaya, considera que con un modelo de carrera profesional se pondría fin al bloqueado sistema actual de promoción y serviría también para relacionar, de manera significativa, la retribución final del médico con los méritos y capacidad que haya demostrado en el ejercicio de su labor a medio y a largo plazo. "Un buen modelo de promoción profesional –afirma Carlos Amaya– debe llevar aparejado un nuevo sistema retributivo menos rígido que el actual y donde el componente variable, ligado al rendimiento asistencial y a los conocimientos adquiridos, suponga un auténtico incentivo para la actividad del médico".

El Defensor del Pueblo también
ha criticado a la Administración
por no haber desarrollado el Estatuto Marco.


A la hora de marcar las líneas básicas que deben componer la carrera profesional hay que definir una serie de aspectos que luego serían desarrollados y adaptados a determinados entornos en su posterior aplicación práctica. El primero de ellos consistiría en el propio ámbito de aplicación, donde existirán dos posibilidades básicas. La primera de ellas supone un modelo genérico de aplicación en todas las comunidades autónomas, esto es, de ámbito nacional; la segunda supondría el desarrollo de carreras profesionales distintas en cada comunidad autónoma, que serían las encargadas de su diseño y que podría circunscribirse incluso a un solo centro, como es el caso actual del Hospital "Gregorio Marañón" de Madrid.

Aunque diversas comunidades autónomas cuentan con borradores de carrera profesional o existen referencias a ella en las respectivas leyes de ordenación sanitaria, lo cierto es que hasta ahora sólo la Comunidad Foral de Navarra es la que tiene desarrollada desde 1999 la carrera profesional de su personal sanitario. La propia cohesión del Sistema Nacional de Salud y la voluntad de sus trabajadores (en una encuesta realizada por la CESM a finales de 2000, el 80 por ciento de los médicos se decantaban por el modelo estatal, frente al 13,64 por ciento por el autonómico y el 6,36 por ciento por uno específico de cada centro) hace que hasta el momento sea indiscutible su ámbito de aplicación a nivel estatal en sus aspectos fundamentales, lo que no eliminaría la posibilidad de que su posterior y detallado desarrollo por parte de cada comunidad autónoma lo fuera adaptandose a las peculiaridades propias de sus sistemas de salud.

La unanimidad en el ámbito de aplicación estatal se da tanto entre los sindicatos como entre los Colegios profesionales y el propio Ministerio de Sanidad. Para el ex director general de Recursos Humanos del Ministerio de Sanidad, Fernando de Vicente, en el proyecto de Estatuto Marco "se establece una carrera profesional de todo el personal donde se marca una serie de criterios básicos para todo el Sistema Nacional de Salud, que podrán ser desarrollados, a continuación, por cada uno de los 17 servicios de salud autonómicos", aunque reconoce que dada la existencia de algunos modelos ya en funcionamiento, "el poner orden en todos ellos resultará una ardua tarea". Por su parte, Carlos Amaya afirma que "la propia Ley de Cohesión, el Estatuto Marco y la LOPS deberán dejar reflejado de forma clara y firme que la política de personal en que se conjunta para todo el SNS, aun teniendo en cuenta las características y especifidades e, incluso, el marco normativo, de cada comunidad autónoma". En efecto, el propio Proyecto de Ley de Cohesión y Calidad del SNS especifica en su artículo 38, al referirse a la carrera profesional, que "El Estatuto Marco previsto en el artículo 84 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, contendrá la normativa básica aplicable al personal del Sistema Nacional de Salud, que será desarrollada por los Servicios de Salud".

Carrera profesional y movilidad geográfica
La extensión de la carrera profesional al ámbito nacional determinaría también otra de las grandes reivindicaciones de los médicos españoles, ya que la normativa que han ido desarrollando las comunidades autónomas ha hecho que en muchos casos resulte más fácil para un médico trasladarse a otro país de la Unión Europea que a otra Comunidad. Antonio Díaz Murciano, presidente de la Coordinadora de Médicos de Hospital critica que la Ley 30/99, en su artículo 3 apartado c), hable de libre circulación del personal por el Sistema Nacional de Salud, para a continuación, en su apartado h) contemplar la valoración de las lenguas oficiales de las autonomías, "nosotros defendemos que se contemplen las peculiaridades, pero en el caso de las autonomías es muy relativo, ya que la Sanidad es la misma en todos los sitios y de hecho hablamos de un Sistema Nacional de Salud".

El último borrador del Estatuto Marco, en su artículo 69 sobre Desarrollo de criterios de la Carrera Profesional hace constar que "para garantizar la movilidad de los profesionales en todo el Sistema Nacional de Salud, se establecerán criterios para facilitar el reconocimiento del nivel de carrera y sus efectos en los distintos Servicios de Salud".

Cristóbal Gil advierte a este respecto que cuanto más tiempo pase sin establecerse la carrera profesional más difícil será su cohesión, "todavía –afirma– estamos a tiempo de hacerlo, porque en las autonomías la carrera profesional está aun muy incipiente, pero existen centenares de borradores en los cajones de las Consejerías esperando a que el Estado regule, pero si pasa el tiempo y esto no se hace acabarán saliendo a la luz, lo cual afectará muy negativamente a la movilidad".

Niveles y promoción
La base sobre la que se desarrollará la carrera profesional contempla el establecimiento de una serie de niveles, con un sistema de promoción y ascensos. Los niveles o categorías abarcarían toda la vida profesional del médico y podrían comprender cuatro o cinco en orden ascendente y a los que se iría optando de forma voluntaria según se acreditasen una serie de requisitos y méritos.

Aunque el borrador de Estatuto Marco no especifica niveles concretos, limitándose a señalar que "se entiende por carrera profesional el derecho del personal estatutario fijo a progresar, de forma individualizada, a niveles superiores previamente definidos dentro de cada clase o categoría funcional...", el Consejo Asesor de Sanidad en su informe ya mencionado sí propone los siguientes: nivel 1 de Especialista, nivel 2 de Especialista Senior, nivel 3 de Consultor y nivel 4 Consultor Senior.

Existe unanimidad por parte
de todos los estamentos implicados
en que la carrera profesional debe ser
aplicada a nivel estatal.


Por su parte, la Coordinadora de Médicos de Hospitales propone en su modelo también cuatro niveles: especialista, adjunto, asesor y consultor; añadiendo otro con carácter excepcional: emérito, este último sin funciones asistenciales ni reconocimiento económico. En todo caso, la CESM considera necesario el que el sistema de niveles vaya acompañado por una reestructuración de las categorías profesionales hoy existentes, con un nuevo modelo retributivo en el que la experiencia y méritos de cada facultativo tengan mayor peso que en la actualidad.

Para poder pasar de un nivel a otro sería necesario contar con una serie de requisitos y conllevaría un reconocimiento económico. Begoña González-Busto Múgica y Begoña López Fernández, del Departamento de Administración de Empresas y Contabilidad de la Universidad de Oviedo, en la ponencia presentada en las XXI Jornadas de Economía de la Salud, organizadas por AES, consideran tres indicadores de méritos para progresar de un nivel a otro, según su nivel de complejidad. El primero, de indicadores elementales, comprendería años de dedicación, asistencia, puntualidad, absentismo y cumplimiento de jornada laboral; en estos indicadores la antigüedad tendría un papel destacado y sería condición indispensable aunque no suficiente para progresar. El segundo indicador, medio, estaría ligado al cumplimiento de objetivos, reclamaciones de usuarios e índices de mortalidad. Por último, en el tercero se situarían la revisión de historias y de decisiones clínicas, satisfacción de los enfermos, opinión de miembros del equipo y calidad en la prescripción terapéutica. Los últimos indicadores serían evaluados por comités mixtos, compuestos por agentes externos e internos, lo que "genera un efecto positivo en términos de mejor aceptación y menor desconfianza en la evaluación realizada, reduciendo, asimismo, el riesgo de aparición de actividades de influencia asociadas a este tipo de decisiones, especialmente cuando la evaluación o decisión final corre a cargo de un único decisor".

Por su parte, el borrador del Estatuto Marco no concreta la progresión entre niveles, pero si establece que "requerirá un período mínimo de permanencia en el nivel anterior así como la evaluación favorable de los méritos que se establezcan por los Servicios de Salud". Los criterios de evaluación serían establecidos por las propias comunidades autónomas, siendo en todo caso públicos y "valorando, entre otros, los aspectos relativos al currículum, experiencia profesional, trabajo asistencial, conocimientos, actividad docente, investigadora y científica en general, así como las capacidades organizativas y de gestión".

En el caso de los facultativos de Atención Especializada, tanto el diseño de niveles como los criterios para ascender de un nivel a otro parece ofrecer menos dificultad que en los facultativos de Atención Primaria, donde el ámbito de trabajo es más reducido (un centro de salud, por ejemplo) que el ejercido en un gran hospital y peor aún si el ejercicio profesional se lleva a cabo en un medio rural más o menos aislado.

La Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) realiza una propuesta no cerrada de articulación de la carrera profesional en Atención Primaria donde se contemplan cinco niveles, los cuatro primeros a propuesta del aspirante y el quinto de terceros: Sociedades Científicas, Administración, corporaciones profesionales, etc. En el nivel 1, médico especialista, tendría una permanencia mínima de tres años y máxima de diez, pasando automáticamente al siguiente nivel, se precisarían 100 créditos, 30 de ellos adquiridos mediante actividad asistencia, para pasar al nivel superior. El nivel 2, médico adjunto, requeriría un tiempo mínimo de cinco años de permanencia en el mismo y 100 créditos, 50 de ellos adquiridos mediante actividad asistencial, para pasar al nivel 3, médico consultor, con una estancia mínima de 7 años en él y 130 créditos para pasar al nivel 4, de ellos 70 deberían ser de actividad asistencial y 20 de actividad investigadora. El nivel 4, médico consultor experto, sería la máxima categoría, existiendo un nivel 5, médico consultor emérito, de carácter honorífico y sin devengar retribuciones añadidas.

Así las cosas, los médicos españoles continúan a la espera de una carrera profesional indispensable no sólo para la mejora del sistema sanitario público sino también para afrontar problemas tan acuciantes como la incentivación laboral o la movilidad geográfica en el Estado, no existiendo de momento otra apuesta que la de confiar en las palabras pronunciadas por la ministra de Sanidad, Ana Pastor, durante la convención del Partido Popular sobre Sanidad, celebrada el pasado día 8 de febrero, en la que anunció la aprobación en los próximos meses tanto del Estatuto Marco como de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Ahora está por ver cómo van a resultar los textos definitivos que contengan estas viejas aspiraciones, ya que mientras los borradores del Estatuto Marco han proliferado por doquier, de la Ley de Ordenación, al parecer, tan sólo existe un Anteproyecto que dejó preparado en 1994 el Gobierno socialista, siendo ministra de Sanidad por aquel entonces Ángeles Amador, y sobre el cual se podría estar trabajando en estos momentos.

Junto a ello no conviene olvidar que de no ser ambos textos aprobados en Consejo de Ministros en breve plazo de tiempo, su salida será difícil en esta legislatura por motivos de calendario: elecciones autonómicas y municipales, debate en las Cortes...

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